viernes, 1 de abril de 2011

78. ‑SOLICITUD DE EXTINCIÓN DE LA PENA SUSPENDIDA POR TRASTORNO MENTAL SOBREVENIDO UNA VEZ QUE SE HAya SUPERADO LA DROGODEPENDENCIA (o el trastorno del que se trate)

78. ‑SOLICITUD DE EXTINCIÓN DE LA PENA SUSPENDIDA POR TRASTORNO MENTAL SOBREVENIDO UNA VEZ QUE SE HAya SUPERADO LA DROGODEPENDENCIA (o el trastorno del que se trate)
Juzgado de lo Penal núm. . . . . . . . . .
Procedimiento Abreviado núm.../..
AL JUZGADO
D/Dña........... (procurador, letrado, o el propio interesado), en nombre y representación de ........, cuyas demás circunstancias personales ya constan en la causa arriba referenciada, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho
DIGO
Que por medio del presente escrito venimos a solicitar que se dé por extinguida la pena impuesta en su día y que quedó suspendida por el trastorno mental grave sobrevenido del artículo 60 del Código Penal. Ello en base a las siguientes
ALEGACIONES
Primera. Que el día ........ se suspendió la condena por la situación de toxicomanía que padecía mi defendido y que le impedía conocer el sentido de la pena.
Segunda. Que el día ..... ingresó en el centro de rehabilitación de..... a fin de deshabituarse y solucionar la drogodependencia.
Tercera. Que ha pasado por todas las fases del programa con resultados altamente satisfactorios (se adjunta informes de seguimiento y evolución). Que con fecha de ...... ha sido dado de alta (se adjunta informe psicológico de alta final).
Cuarta. Que el artículo 60 permite, una vez restablecida la salud mental del reo, que el Juez «por razones de equidad» pueda reducir su duración o aun darla por extinguida del todo en la medida en que el cumplimiento de la pena resulte innecesaria o contraproducente.
Se introduce en este artículo el principio de necesidad de la pena que emana directamente de la concepción del Estado como social, en tanto que la pena sólo tiene sentido como protección a la sociedad y destinada a la reeducación y reinserción social del penado. Entendemos que hay que huir de posturas exclusivamente retribucionistas dotando al Derecho penal de las alternativas personales que ayuden al penado afrontar los motivos de su conducta.
En este caso, una vez solucionada la toxicomanía de mi defendido, el cumplimiento de la pena es innecesario, toda vez que ya está solucionada la causa etiológica de la conducta delictiva que generó el delito. Es, así mismo, contraproducente porque dadas las características del entorno penitenciario (hacinamiento, consumo de drogas, violencia irracional ...) y los efectos que origina en la persona presa (desestructuración, desresponsabilización, recaídas en el consumo de drogas para evitar la ansiedad y la frustración, problemas psicosomáticos motivados por la anormal adaptación al entorno penitenciario ...) puede llevar a mi defendido a una recaída en el consumo de drogas; volviendo de nuevo a la situación de trastorno mental.
En su virtud,
SUPLICO al Juzgado, que tenga por presentado este escrito, los documentos que se acompañan y previo estudio de los mismos que acreditan una eficaz recuperación, dicte auto dando por extinguida la pena impuesta.
En......a......de.......de......

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